Disposición final única. Entrada en vigor.
Disposición final única de la Orden EHA/848/2005, de 18 de marzo, por la que se determina el régimen de la inversión de los saldos de las cuentas acreedoras de carácter instrumental y transitorio que las sociedades y agencias de valores mantengan con sus clientes. · BOE-A-2005-5476
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-06-06.
Texto consolidado
La presente Orden ministerial entrará en vigor a los dos meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, salvo lo dispuesto en su disposición adicional única, que entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
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