Disposición final única.
Disposición final única de la Ley 1/2012, de 29 de febrero, de medidas temporales en determinadas materias del empleo público de la Comunidad Autónoma de Galicia. · BOE-A-2012-3826
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-03-03.
Texto consolidado
La presente ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Diario Oficial de Galicia».
Se suspenden, en tanto en cuanto esté en vigor esta ley, todas aquellas normas legales o de carácter reglamentario, convenios o acuerdos que contradigan lo dispuesto en la misma.
Las medidas contempladas en la presente ley serán revisadas en un plazo de dos años desde la entrada en vigor de la misma, en función de la evolución del producto interior bruto real de Galicia y del ahorro primario de los presupuestos.