Disposición final undécima. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
Disposición final undécima de la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes. · BOE-A-2022-21739
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-12-23.
Texto consolidado
Se habilita al Gobierno para dictar las disposiciones necesarias en desarrollo de esta ley.
El Consejo de Ministros aprobará, en el plazo de seis meses desde la publicación de esta ley en el «Boletín Oficial del Estado», un real decreto que regule el funcionamiento del Foro Nacional de Empresas Emergentes previsto en el artículo 25.
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