Disposición final undécima. Funciones encomendadas a los miembros del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España, con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas.
Disposición final undécima de la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas. · BOE-A-2015-8147
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-06-17.
Texto consolidado
Las funciones encomendadas a los miembros del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España en las leyes y demás disposiciones de carácter general se entienden atribuidas, desde la entrada en vigor de la Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas, a los auditores de cuentas y sociedades de auditoría de cuentas para el ejercicio de la auditoría de cuentas.