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Ley Vigente

Disposición final trigésima primera. Modificación de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.

Disposición final trigésima primera de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018. · BOE-A-2018-9268

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-07-05.

Texto consolidado

Se modifica la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, de la siguiente forma:

Se adiciona un apartado 6 a la disposición final tercera, que queda redactado como sigue:

«6. Se habilita al Gobierno al objeto de que todas aquellas instalaciones de generación cuya titularidad sea de comunidades energéticas, entendiendo estas como organizaciones sin ánimo de lucro, personas físicas, o pequeñas y medianas empresas cuyos accionistas o miembros mayoritarios sean personas físicas, entes locales o provinciales, o igualmente otras pequeñas y medianas empresas, puedan tener un especial tratamiento retributivo como vehículo imprescindible para su necesaria permanencia en el mercado de generación.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-07-05.

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