Disposición final tercera. Regulación de la relación laboral especial de los artistas en espectáculos públicos.
Disposición final tercera del Real Decreto-ley 26/2018, de 28 de diciembre, por el que se aprueban medidas de urgencia sobre la creación artística y la cinematografía. · BOE-A-2018-17990
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-12-29.
Texto consolidado
El Gobierno, en el plazo máximo de seis meses desde la publicación de este real decreto-ley, procederá a la aprobación de un real decreto para modificar la regulación de la relación laboral especial de los artistas en espectáculos públicos y sustituir el Real Decreto 1435/1985, de 1 de agosto.
Más artículos de Real Decreto-ley 26/2018
- ← Disposición final segunda. Compatibilidad de la pensión de jubilación y la actividad de creación artística.
- → Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- Ver la norma completa: Real Decreto-ley 26/2018, de 28 de diciembre, por el que se aprueban medidas de urgencia sobre la creación artística y la cinematografía.