Disposición final tercera. Desarrollo reglamentario.
Disposición final tercera del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia. · BOE-A-1996-8930
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-03.
Texto consolidado
Se autoriza al Gobierno a dictar las normas para el desarrollo reglamentario de la presente Ley.
Su anterior denominación era disposición final segunda, anteriormente única.
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