Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Disposición final tercera del Real Decreto 933/2021, de 26 de octubre, por el que se establecen las obligaciones de registro documental e información de las personas físicas o jurídicas que ejercen actividades de hospedaje y alquiler de vehículos a motor. · BOE-A-2021-17461
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-04-27.
Texto consolidado
El presente real decreto entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
No obstante, las previsiones relativas a las obligaciones de comunicación producirán efectos a partir del 2 de enero de 2023.
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