Disposición final segunda. Habilitación normativa y modificación de los anexos.
Disposición final segunda del Real Decreto 933/2021, de 26 de octubre, por el que se establecen las obligaciones de registro documental e información de las personas físicas o jurídicas que ejercen actividades de hospedaje y alquiler de vehículos a motor. · BOE-A-2021-17461
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-04-27.
Texto consolidado
1. Se habilita al Ministro del Interior para adoptar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de este real decreto.
2. Asimismo, se habilita al Ministro del Interior para modificar por orden ministerial los anexos de este real decreto.
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