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Real Decreto Vigente

Disposición final tercera. Título competencial.

Disposición final tercera del Real Decreto 885/2020, de 6 de octubre, por el que se establecen los requisitos para la comercialización y puesta en servicio de placas de matrícula para vehículos de motor y remolques, y por el que se modifica el Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre. · BOE-A-2020-12767

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-02.

Texto consolidado

Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.13.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia para determinar las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica y en el artículo 149.1.21.ª de la propia Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor, sin perjuicio de las competencias que, en su caso, ostenten las comunidades autónomas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-01-02.

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