Disposición final tercera. Facultad de modificación.
Disposición final tercera del Real Decreto 779/2023, de 10 de octubre, por el que se establece la comunicación de enfermedades de los animales de declaración obligatoria y se regula su notificación. · BOE-A-2023-21844
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-10-26.
Texto consolidado
Se faculta al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación para modificar el contenido de los anexos de este real decreto, para su adaptación a las modificaciones que introduzca la normativa europea o internacional, o por motivos urgentes de sanidad animal.