Disposición final tercera. Modificación del Real Decreto 1940/2004, de 27 de septiembre, sobre la vigilancia de las zoonosis y los agentes zoonóticos.
Disposición final tercera del Real Decreto 682/2026, de 26 de agosto, por el que se regulan los laboratorios nacionales de referencia en materia agroalimentaria y de sanidad de la producción primaria. · BOE-A-2026-20270
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-10-01.
Texto consolidado
El Real Decreto 1940/2004, de 27 de septiembre, sobre la vigilancia de las zoonosis y los agentes zoonóticos, queda modificado como sigue:
Uno. Se añade un párrafo al final del apartado 2 del artículo 11, con la siguiente redacción:
«Los laboratorios nacionales de referencia en el ámbito de aplicación de este real decreto para materias diferentes de las contenidas en dicho anexo V, son los previstos en la Orden por la que se designan los laboratorios nacionales de referencia en materia agroalimentaria y de sanidad de la producción primaria, sin perjuicio de otras disposiciones recogidas en la legislación vigente.»
Dos. Se suprimen los apartados a) y b) del capítulo I del anexo V.
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