Disposición final tercera. Habilitación normativa y facultad de modificación.
Disposición final tercera del Real Decreto 629/2019, de 31 de octubre, por el que se regula el registro general de establecimientos en el sector de la alimentación animal, las condiciones de autorización o registro de dichos establecimientos y de los puntos de entrada nacionales, la actividad de los operadores de piensos, y la Comisión nacional de coordinación en materia de alimentación animal. · BOE-A-2019-16636
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-01-20.
Texto consolidado
Se faculta a los Ministros de Agricultura, Pesca y Alimentación y de Sanidad, Consumo y Bienestar Social para modificar, en el ámbito de sus competencias, el contenido de los anexos del presente real decreto para su adaptación a las modificaciones que introduzca la normativa de la Unión Europea, así como para, junto con el titular del Ministerio de Hacienda, dictar las disposiciones necesarias para hacer efectivo el sistema de cooperación previsto en el artículo 13.7.
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