Disposición final tercera. Entrada en vigor y aplicación.
Disposición final tercera del Real Decreto 389/2011, de 18 de marzo, por el que se establecen los baremos de indemnización de animales en el marco de los programas nacionales de lucha, control o erradicación de la tuberculosis bovina, brucelosis bovina, brucelosis ovina y caprina, lengua azul y encefalopatías espongiformes transmisibles. · BOE-A-2011-6713
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-04-15.
Texto consolidado
Este real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y será aplicable a todos los animales cuyo sacrificio obligatorio sea decretado por la autoridad competente a partir de dicha fecha o, en el caso previsto en el artículo 3.2, a los animales fallecidos desde dicha fecha.
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