Disposición final tercera. Facultades de desarrollo.
Disposición final tercera del Real Decreto 1917/2008, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el programa de inserción sociolaboral para mujeres víctimas de violencia de género. · BOE-A-2008-19918
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-12-11.
Texto consolidado
Se autoriza al Ministro de Trabajo e Inmigración para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la aplicación y desarrollo de lo establecido en este real decreto.