Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Disposición final tercera del Real Decreto 1800/2008, de 3 de noviembre, por el que se desarrolla el Real Decreto-ley 4/2008, de 19 de septiembre, sobre abono acumulado y de forma anticipada de la prestación contributiva por desempleo a trabajadores extranjeros no comunitarios que retornen voluntariamente a sus países de origen. · BOE-A-2008-18149
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-11-11.
Texto consolidado
El presente real decreto entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
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