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Real Decreto Derogada

Disposición final tercera. Entrada en vigor.

Disposición final tercera del Real Decreto 1245/1995, de 14 de julio, sobre creación de bancos, actividad transfronteriza y otras cuestiones relativas al régimen jurídico de las entidades de crédito. · BOE-A-1995-18450

Atención: Real Decreto 1245/1995 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La presente disposición entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-08-01.

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