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Real Decreto Vigente

Disposición final tercera. Facultades de desarrollo y aplicación.

Disposición final tercera del Real Decreto 1087/2015, de 4 de diciembre, sobre procedimiento, condiciones y alcance del reconocimiento de las prestaciones de incapacidad permanente y muerte y supervivencia para el personal de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado derivado de su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social. · BOE-A-2015-13436

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-12-12.

Texto consolidado

Se faculta a la Ministra de Empleo y Seguridad Social para dictar las normas necesarias para la aplicación y el desarrollo de este real decreto, así como para la coordinación de los procedimientos necesarios para la aplicación de la norma.

Se faculta también a los Ministros de Defensa, del Interior y de Hacienda y Administraciones Públicas para, en el ámbito de sus respectivas competencias, dictar las normas necesarias para la aplicación de este real decreto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-12-12.

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