Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Disposición final tercera del Real Decreto 1072/2014, de 19 de diciembre, por el que se crea la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria y se aprueba su Estatuto. · BOE-A-2014-13360
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-12-24.
Texto consolidado
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», salvo la disposición final primera, que entrará en vigor el día 1 de abril de 2015.
Más artículos de Real Decreto 1072/2014
- ← Disposición final segunda. Desarrollo normativo y aplicación.
- → Artículo 1. Naturaleza jurídica de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria.
- Ver la norma completa: Real Decreto 1072/2014, de 19 de diciembre, por el que se crea la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria y se aprueba su Estatuto.