Disposición final tercera. Inscripción de documentos reconocidos del RITE.
Disposición final tercera del Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios. · BOE-A-2007-15820
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-04-14.
Texto consolidado
Se autoriza al Ministro de Industria, Energía y Turismo para que inscriba en el Registro general de documentos reconocidos del Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios (RITE) los documentos a que se hace referencia en el artículo 6 de dicho reglamento.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2013-3905.