Disposición final tercera.
Disposición final tercera de la Ley 8/1996, de 27 de diciembre, de Declaración del Parque Natural de Redes. · BOE-A-1997-2522
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-01-20.
Texto consolidado
El Consejo de Gobierno del Principado, en el plazo de tres meses, aprobará las disposiciones reglamentarias necesarias para el desarrollo de la presente Ley, oídos los Ayuntamientos afectados.