Disposición final tercera. Remisiones normativas.
Disposición final tercera de la Ley 7/2025, de 9 de septiembre, de atención y ordenación farmacéutica de la Comunidad Autónoma de La Rioja. · BOE-A-2025-18522
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-09-11.
Texto consolidado
1. Las remisiones que se hacen en esta ley a otras normas, o a preceptos concretos de ellas, se entenderán también realizadas a aquellas normas o preceptos que posteriormente las sustituyan.
2. Las referencias efectuadas en otras disposiciones a las normas que se derogan por esta ley se entenderán efectuadas a los preceptos correspondientes de esta ley.