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Ley Derogada

Disposición final tercera. Modificación de la Ley de conservación de la naturaleza y de espacios naturales de Extremadura.

Disposición final tercera de la Ley 5/2010, de 23 de junio, de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. · BOE-A-2010-11187

Atención: Ley 5/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El artículo 56 quáter.4 de la Ley 8/1998, de 26 de junio, de conservación de la naturaleza y de espacios naturales de Extremadura, queda redactado de la siguiente manera:

«4. El plazo para emitir el informe de afección a que se refiere este artículo será de dos meses. De no emitirse el informe en el plazo establecido se entenderá que es positivo.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-09-24.

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