Disposición final tercera.
Disposición final tercera de la Ley 5/2000, de 20 de abril, del Instituto Balear de la Mujer. · BOE-A-2000-9098
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-04-28.
Texto consolidado
La Consejería de Hacienda y Presupuestos realizará las modificaciones presupuestarias precisas para habilitar los créditos necesarios para el cumplimiento de lo previsto en esta Ley.