Disposición final segunda.
Disposición final segunda de la Ley 5/2000, de 20 de abril, del Instituto Balear de la Mujer. · BOE-A-2000-9098
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-04-28.
Texto consolidado
Se faculta al Gobierno de las Illes Balears para la adopción de las medidas oportunas para la supresión de la Comisión Interdepartamental de la Mujer, así como para determinar los recursos materiales y personales de la misma que se hayan de integrar en el Instituto Balear de la Mujer.