Disposición final tercera. Modificación de la Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del régimen legal de las tasas estatales y locales y de reordenación de las prestaciones patrimoniales de carácter público.
Disposición final tercera de la Ley 46/2003, de 25 de noviembre, reguladora del Museo Nacional del Prado. · BOE-A-2003-21539
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-11-27.
Texto consolidado
El artículo 52 de la Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del régimen legal de las tasas estatales y locales y de reordenación de las prestaciones patrimoniales de carácter público, quedará redactado en los siguientes términos:
«Artículo 52. Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible de la tasa la utilización de espacios de los museos u otras instituciones culturales gestionados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o por sus organismos públicos adscritos.»
Más artículos de Ley 46/2003
- ← Disposición final segunda. Modificación de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.
- → Disposición final cuarta. Modificación de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin …
- Ver la norma completa: Ley 46/2003, de 25 de noviembre, reguladora del Museo Nacional del Prado.