Disposición final tercera. Modificación de la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, de patrimonio histórico de las Illes Balears.
Disposición final tercera de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares. · BOE-A-2022-13847
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-08-07.
Texto consolidado
Se modifica el artículo 15.1 de la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, de patrimonio histórico de las Illes Balears, que queda redactado de la manera siguiente:
«1. La iniciación, la ordenación, la instrucción y la ejecución de los procedimientos para la inscripción de un bien en el catálogo insular corresponde a la comisión insular competente en materia de patrimonio histórico, mientras que el acuerdo de declaración de bien catalogado corresponde al consejo ejecutivo.»