Disposición final tercera.
Disposición final tercera de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco. · BOE-A-2012-2858
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-07-04.
Texto consolidado
Queda suprimida en el territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco la figura de los Planes Directores Territoriales de Coordinación previstos en el artículo 6 de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, texto refundido aprobado por Real Decreto 1346/1976, de 9 de abril.