Disposición final tercera. Prevención de riesgos laborales.
Disposición final tercera de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil. · BOE-A-2014-12408
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-11-30.
Texto consolidado
En la prevención de riesgos laborales, reconocida como derecho profesional en la Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil, la participación y representación de los guardias civiles se ejercerá a través de los grupos de trabajo y comisiones específicas del Consejo de la Guardia Civil y de acuerdo con lo previsto en su Reglamento de organización y funcionamiento.