Disposición final tercera. Reforma del Código Civil.
Disposición final tercera de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil. · BOE-A-2011-12628
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-07-23.
Texto consolidado
Se modifica el artículo 30 del Código Civil, que queda redactado en los siguientes términos:
«Artículo 30.
La personalidad se adquiere en el momento del nacimiento con vida, una vez producido el entero desprendimiento del seno materno.»