Disposición final tercera. Modificación de las estructuras presupuestarias.
Disposición final tercera de la Ley 1/2021, de 29 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2022. · BOE-A-2022-952
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-01.
Texto consolidado
1. Se autoriza al departamento competente en materia de finanzas públicas a incluir nuevas aplicaciones presupuestarias y nuevos programas, respectivamente, en las clasificaciones económicas de ingresos y de gastos y en la clasificación por programas establecidas por la Orden ECO/142/2021, de 29 de junio, por la que se dictan las normas para elaborar los presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el año 2022, de acuerdo con las necesidades que surjan durante el ejercicio.
2. La dotación de las aplicaciones o programas a los que se refiere el apartado 1 está sujeta al régimen de las modificaciones presupuestarias establecido por la presente ley.