Disposición final tercera. Coordinación en materia de paradas urbanas.
Disposición final tercera de la Ley 1/2014, de 17 de noviembre, de Transporte de Viajeros por Carretera. · BOE-A-2014-12975
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-12-02.
Texto consolidado
En el plazo máximo de tres meses desde la entrada en vigor de la presente Ley, el órgano autonómico competente en materia de transporte y las corporaciones locales de los municipios recogidos artículo 23.5, iniciarán el procedimiento para la elaboración y aprobación del Plan coordinado de servicios a que se refiere dicho artículo.