Disposición final tercera. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
Disposición final tercera del Decreto-ley 9/2021, de 16 de febrero, de medidas extraordinarias de carácter social y en el ámbito de la cultura con motivo de la pandemia de la COVID-19 y de modificación del Decreto-ley 25/2020, de 16 de junio, de medidas extraordinarias en materia social y de carácter fiscal y administrativo. · BOE-A-2021-4315
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-02-17.
Texto consolidado
Se faculta a la Dirección General de Prestaciones Sociales del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias para dictar las instrucciones administrativas oportunas para hacer efectiva la ayuda extraordinaria regulada en el capítulo II de este Decreto ley.
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