Disposición final sexta. Entrada en vigor.
Disposición final sexta del Real Decreto 1112/2015, de 11 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación. · BOE-A-2015-13780
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-01-01.
Texto consolidado
El presente real decreto y el Estatuto que aprueba entrarán en vigor el mismo día que entre en vigor la Ley de Presupuestos Generales del Estado en la que se apruebe el presupuesto del organismo autónomo ANECA(*), excepto para la realización de todas aquellas acciones preparatorias de la constitución de los órganos colegiados regulados en este real decreto, que podrán comenzar a realizarse a partir del día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de este real decreto.
(*) La Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016 incluyó el presupuesto del organismo autónomo ANECA.