Disposición final sexta. Entrada en vigor.
Disposición final sexta de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares. · BOE-A-2015-4621
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-06-14.
Texto consolidado
La presente ley entrará en vigor a los dos meses de su publicación en el «Boletín Oficial de Canarias», salvo la sección 4.ª del capítulo II del título III, que entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial de Canarias».