Disposición final sexta. Aprobación de los Reglamentos de la Agencia de Integridad y Ética Públicas.
Disposición final sexta de la Ley 5/2017, de 1 de junio, de Integridad y Ética Públicas. · BOE-A-2017-10292
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-07-06.
Texto consolidado
En el plazo de cuatro meses desde la creación de la Agencia de Integridad y Ética Públicas se aprobarán su reglamento de organización y funcionamiento y su reglamento de actuación, de acuerdo con lo establecido en la presente ley.