Disposición final sexta.
Disposición final sexta de la Ley 4/2005, de 17 de junio, de Salud Pública de la Comunidad Valenciana. · BOE-A-2005-12101
Atención: Ley 4/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En el plazo de seis meses desde la publicación de esta ley, el Consell de la Generalitat determinará las autoridades u órganos competentes para la adopción de las medidas especiales en salud pública descritas en el título VIII de esta ley y la imposición de las sanciones previstas en el título IX de esta ley, siendo de aplicación hasta dicha fecha el Decreto 44/1992, de 16 de marzo, del Consell de la Generalitat, por el que se determina el procedimiento, las infracciones y la competencia sancionadora en materia sanitaria y de higiene alimentaria.