Disposición final sexta. Desarrollo reglamentario.
Disposición final sexta de la Ley 18/2015, de 9 de julio, por la que se modifica la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público. · BOE-A-2015-7731
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-07-11.
Texto consolidado
El Gobierno, en el ámbito de sus competencias, dictará cuantas disposiciones sean necesarias para la ejecución y desarrollo de lo establecido en esta Ley, teniendo en cuenta las directrices que pudiera formular la Comisión Europea, especialmente en lo que respecta a las licencias tipo recomendadas, los conjuntos de datos y el cobro por la reutilización de documentos.
Se establece un plazo de un año desde la entrada en vigor de esta norma para adecuar a la misma las normas previas de desarrollo de la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público.