Disposición final sexta. Revisión del Catálogo de Montes de Utilidad Pública y del Registro de montes protectores.
Disposición final sexta de la Ley 15/2006, de 28 de diciembre, de Montes de Aragón. · BOE-A-2007-3527
Atención: Ley 15/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El departamento competente en materia de medio ambiente, en el plazo de cinco años desde la entrada en vigor de esta ley, revisará las descripciones y anotaciones, en general, relativas a los montes incluidos en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública o en el Registro de montes protectores, mediante los procedimientos previstos en la presente ley.