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Real Decreto-ley Derogada

Disposición final séptima. Habilitación al Gobierno para modificar el umbral de superficie previsto en el título I de este real decreto-ley.

Disposición final séptima del Real Decreto-ley 19/2012, de 25 de mayo, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios. · BOE-A-2012-6929

Atención: Real Decreto-ley 19/2012 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El Gobierno, a propuesta del Ministro de Economía y Competitividad, podrá modificar el umbral de superficie aplicable, previsto en el título I de este real decreto-ley, con el objeto de poder extenderlo a otras superficies adaptándose a las circunstancias del mercado y de la coyuntura económica. En todo caso, procederá a revisarlo en el plazo de un año desde la entrada en vigor del mismo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-05-27.

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