Disposición final séptima. Facultades de desarrollo y ejecución.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-07-21.
Texto consolidado
Se habilita a las personas titulares de los Ministerios de Sanidad y de Universidades, en función de sus competencias, para dictar las disposiciones que sean necesarias para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en este real decreto.
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