Disposición final séptima. Desarrollo reglamentario.
Disposición final séptima de la Ley 2/2021, de 18 de junio, de lucha contra el fraude y la corrupción en Andalucía y protección de la persona denunciante. · BOE-A-2021-11380
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-07-02.
Texto consolidado
En las materias cuya regulación no se atribuye al reglamento de régimen interior y funcionamiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.2, el desarrollo reglamentario de esta Ley se llevará a efecto por Decreto de Consejo de Gobierno, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 112 y 119.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía y en el artículo 44 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre.