Disposición final segunda. Facultades de desarrollo.
Disposición final segunda del Real Decreto-ley 7/2011, de 10 de junio, de medidas urgentes para la reforma de la negociación colectiva. · BOE-A-2011-10131
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-06-12.
Texto consolidado
Se autoriza al Gobierno y a la persona titular del Ministerio de Trabajo e Inmigración, en el ámbito de sus competencias, a dictar las disposiciones necesarias para la ejecución y desarrollo de lo establecido en este real decreto-ley.