Disposición final segunda. Habilitación normativa.
Disposición final segunda del Real Decreto 984/2022, de 22 de noviembre, por el que se establecen las Oficinas de Transferencia de Conocimiento y se crea su Registro. · BOE-A-2022-19918
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-07-01.
Texto consolidado
Se faculta a la persona titular del Ministerio de Ciencia e Innovación para adoptar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de este real decreto, y en particular, para modificar o actualizar el anexo del mismo mediante orden ministerial.
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