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Real Decreto Vigente

Disposición final segunda. Desarrollo normativo y medidas de aplicación y ejecución.

Disposición final segunda del Real Decreto 98/2009, de 6 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de inspección aeronáutica. · BOE-A-2009-3145

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-05-25.

Texto consolidado

1. El Ministro de Fomento dictará las normas de desarrollo que precise este real decreto.

2. La Dirección General de Aviación Civil y la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, en el ámbito de sus respectivas competencias, adoptarán las medidas necesarias para la aplicación y ejecución del Reglamento de inspección aeronáutica.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-05-25.

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