Disposición final segunda. Facultad de modificación.
Disposición final segunda del Real Decreto 739/2015, de 31 de julio, sobre declaraciones obligatorias en el sector vitivinícola. · BOE-A-2015-8647
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-08-02.
Texto consolidado
Se faculta al titular del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente para modificar los anexos, las fechas y plazos contenidos en la presente disposición, en particular cuando sea necesario para adaptarse a las modificaciones derivadas de la normativa de la Unión Europea.