Disposición final segunda. Modificaciones presupuestarias.
Disposición final segunda del Real Decreto 710/2006, de 9 de junio, de desarrollo de los Acuerdos de Cooperación firmados por el Estado con la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España, la Federación de Comunidades Judías de España y la Comisión Islámica de España, en el ámbito de la asistencia religiosa penitenciaria. · BOE-A-2006-10349
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-06-11.
Texto consolidado
El Ministerio de Economía y Hacienda realizará las modificaciones presupuestarias precisas para el cumplimiento de lo previsto en este real decreto.
Más artículos de Real Decreto 710/2006
- ← Disposición final primera. Título competencial.
- → Disposición final tercera. Habilitación normativa.
- Ver la norma completa: Real Decreto 710/2006, de 9 de junio, de desarrollo de los Acuerdos de Cooperación firmados por el Estado con la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España, la Federación de Comunidades Judías de España y la Comisión Islámica de España, en el ámbito de la asistencia religiosa penitenciaria.