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Real Decreto Vigente

Disposición final segunda. Modificación del Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios.

Disposición final segunda del Real Decreto 704/2020, de 28 de julio, por el que se establece el acceso al título de médico/a especialista en Medicina Legal y Forense por el sistema de residencia. · BOE-A-2020-8682

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-07-30.

Texto consolidado

El Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios queda redactado como sigue:

Uno. En la columna de oferta asistencial del cuadro de clasificación de centros, servicios y establecimientos sanitarios del anexo I se añade:

«U.102 Medicina Legal y Forense.»

Dos. El apartado de la oferta asistencial del anexo II se modifica para añadir el contenido del servicio o unidad asistencial U.102, que queda redactado como sigue:

«U.102 Medicina Legal y Forense: Unidad asistencial en la que un médico/a especialista en Medicina Legal y Forense es responsable de poder realizar la asistencia técnica a los órganos de gestión y dirección de un centro sanitario, en todo lo relacionado con aspectos médico-legales, deontológicos y éticos del propio centro y del resto de administraciones sanitarias.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-07-30.

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