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Real Decreto Derogada

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

Disposición final segunda del Real Decreto 662/1997, de 12 de mayo, por el que se establecen los requisitos mínimos para ejercer la actividad profesional de patrón local de pesca y patrón costero polivalente. · BOE-A-1997-11534

Atención: Real Decreto 662/1997 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1997-05-31.

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