Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Disposición final segunda del Real Decreto 575/1997, de 18 de abril, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de la prestación económica de la Seguridad Social por incapacidad temporal. · BOE-A-1997-8769
Atención: Real Decreto 575/1997 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El presente Real Decreto entrará en vigor el día 1 del segundo mes siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».